En el año del centenario, Los Andes fue declarado Patrimonio histórico

El pasado martes 23 de marzo, fue aprobado por unanimidad un proyecto de ordenanza del Concejal Fabrizzi, declarando Patrimonio Histórico del Partido de Ramallo, al Club Atlético y Social Los Andes de Villa Ramallo.






A continuación se reproduce el proyecto:
                                                          
O R D E N A N Z A  Nº: 3846/10.-

                                                           Ramallo, 23 de marzo de 2010

V I S T O:

    La necesidad de preservar los sitios Históricos del Partido de Ramallo; y

C O N S I D E R A N D O:

    Que en fecha 30 de Octubre de 2010, el Club Atlético y Social “Los Andes” cumple sus Cien (100) años de vida;

    Que dicha institución fue creada en el mes de Octubre del año 1910, por un grupo de jóvenes deportistas de Villa Ramallo, unidos por el afán creador quienes con hombres más experimentados, resuelven fundar un Club Social y Deportivo, así es que el 30 de Octubre de ese año, nace el Club Atlético y Social “Los Andes”;

    Que es de importancia destacar que entre sus fundadores se encontraban Primitivo y Alfredo Forno, Blas Bizzio, Rudesindo Barrutia, Luis Mazzola, Santiago y Benedicto Walsh, Dalmiro Castex;

    Que por carecer de local social propio, las reuniones de la Comisión Directiva se realizaban en el bar Patrignani y para las reuniones sociales, los bailes, las quermeses, etc. se alquilaba el salón de la desaparecida Sociedad Italiana;

    Que a comienzos del año 1920 cierra sus puertas el café y bar “Prado”, el cual es ofrecido en locación a los Directivos del Club “Los Andes”, aceptado el ofrecimiento, se tomó posesión de inmediato de lo que es hoy, y será siempre, la sede social de la querida institución;

    Que en el año 1931, la propiedad del edificio pasa a poder del Señor Pablo Malacalza, quien resuelve seguir alquilando el local al Club;

    Que en ese mismo período se consigue la posesión treintanario y, con la ayuda desinteresada de familiares y asociados, una manzana de terreno que se escritura a nombre del club y se destina a la cancha de fútbol, paralelamente se inician los trámites para dotar a la institución de personería jurídica, logrando obtener resultado satisfactorio;

    Que en la década del 40 se formaliza la compra de la local social adquisición posibilitada por el concurso financiero de socios y simpatizantes y el entusiasmo y dedicación de la Comisión Directiva de ese momento;

    Que pasan los años, se renuevan las comisiones, aumenta el número de socios y como bronce final se procede a la compra de 11 hectáreas de campo destinadas a centro deportivo, que hoy se ofrece con orgullo a la vista de socios y vecinos, como obra magnífica para la juventud que ama y practica deportes tales como natación, básquet, tenis, vóley, fútbol, etc.;

    Que así con estas recordaciones y hechos de un pasado reciente, es fundamental que se conozca la historia de una institución que nació hace 100 años y es hoy decana de Instituciones Ramallenses y Orgullo de los que aman y quieren al Club Atlético y Social “Los Andes”;

    POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RAMALLO EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE;

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Declárase   Patrimonio  Histórico del Partido de Ramallo, el edificio del         -------------------- Club Atlético y Social “Los Andes” de Villa Ramallo, sito en Avda. San Martín y Marinero Panno, cuyos datos son: Circ. III – Secc. A – Mza. 46 – Parcela 5a – Partida 2301.------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a dar cumplimiento al Artículo anterior; según lo establecido en el Artículo 27º - inc. 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.----------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3º) Envíese copia de la siguiente Ordenanza a las autoridades del Club Atlético y Social “Los Andes” y a los medios de comunicación para su difusión.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 4º) Dejase establecido que en las instalaciones de la mencionada institución        -------------------- se encuentra el único escenario completo en la localidad de Villa Ramallo, además de poseer un valor testimonial invaluable para la protección de la historia de sus habitantes,  por lo cual se considera necesario su conservación y preservación de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Nº 2087/02.--------------------------------------------------

ARTÍCULO 5º) Determinase para la Cancha de Pelota a Paleta que se encuentra en las       -------------------- instalaciones del club “Los Andes” de Villa Ramallo, el mismo tratamiento de conservación y preservación según lo establecido en el Artículo precedente.--------------- 

ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-------------------------

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RAMALLO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA 23 DE MARZO DE 2010.--------------

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Contactos

Para contactarte con el Concejal Fabrizzi puedes escribirle a piniramallo@hotmail.com o a los teléfonos (03407) 421-850 / 15403197.

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