Estacionamiento para motos y bicicletas

Con el objetivo de  generar herramientas que tiendan a propender el correcto ordenamiento del tránsito vehicular, el Concejal Fabrizzi y su par Silvio Gaeto presentaron en la última sesión un Proyecto de Ordenanza para que se delimiten zonas destinadas unicamente al estacionamiento de motos y ciclomotores; especialmente en las avenidas, frente a establecimientos educativos, deportivos y edificios públicos.


Proyecto de Ordenanza
Bloque Union Civica Radical
Silvio Gaeto – Christian Fabrizzi
Expediente Nº 1980/10
VISTO:
La necesidad de ordenar el estacionamiento en las zonas céntricas de las distintas localidades del partido con problemas de esta índole,

CONSIDERANDO;
Que es permanente el incremento del parque automotor y en particular el de motos y ciclomotores.
Que la limitada disponibilidad de lugares para el correcto estacionamiento de distintos tipos de vehículos, hace necesario un ordenamiento que permita la utilización de los espacios en la vía pública.
Que el respeto a las normas de tránsito incluye también el correcto estacionamiento, significando un tránsito mas ágil y fundamentalmente más seguro.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RAMALLO EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA

ARTICULO 1º) Dispónese el estacionamiento de motos y ciclomotores en los sitios habilitados para tal fin, en el Partido de Ramallo, según el criterio que establesca la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, teniendo en cuenta avenidas, establecimientos educativos, deportivos y edificios públicos de nuestro partido.

ARTICULO 2º) Los sectores destinados al estacionamiento de motos y ciclomotores deberán disponerse de acuerdo a las siguientes características:
Estacionamiento en 45º en los perímetros claramente demarcados y con los siguientes elementos y medidas,
1.- Largo: 12 metros.
2.- Ancho. 1,75 metros incluyendo la línea de demarcación.
3.- Demarcación sobre piso con líneas amarillas de 15 cm. de ancho en todo su contorno y líneas internas de color blanco marcando ángulos de 45º, de 5 cm. de ancho y 1 metro de separación entre calles.
4.- Instalación sobre cordón de un caño de 2” a lo largo del establecimiento y con una separación del piso de 15 cm. que permita asegurar el ciclomotor o moto con un elemento antirrobo.
5.- Instalación de un cartel indicador de estacionamiento de motos y ciclomotores

ARTICULO 3º) Establécese un período de 30 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, para notificar de esta normativa a los motociclistas que hayan estacionado incorrectamente en las cuadras que cuenten con estacionamientos autorizados. Pasado este periodo será pasibles de las multas contempladas en el Artículo 4º.-

ARTICULO 4º) Establécese de 5 a 50 módulos, la multa correspondiente por el estacionamiento de motos y ciclomotores fuera del lugar autorizado, en las cuadras que cuenten con estacionamiento habilitado, facultado al Departamento de Tránsito para proceder al secuestro de los mismos.

ARTICULO 5º) Facúltese a la Secretaria de Hacienda, a afectar los gastos que demande la presente Ordenanza al Fondo Municipal de Obras Públicas.-

ARTICULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.-

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Contactos

Para contactarte con el Concejal Fabrizzi puedes escribirle a piniramallo@hotmail.com o a los teléfonos (03407) 421-850 / 15403197.

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