EXPEDIENTE Nº:1911/10
VISTO:
El pasado 22 de abril cumplió 25 años el inicio del histórico juicio a las Junta Militar de Gobierno y;
CONSIDERANDO :
Que el pasado 22 de abril cumplió 25 años el inicio del Histórico Juicio a las Juntas Militares, un proceso que no tuvo precedentes a nivel Mundial y que terminó con la condena a prisión perpetua para los mayores responsables del terrorismo de Estado en la Argentina.
Que el juicio se inició el 22 de abril de 1985 bajo la presidencia de Raúl Alfonsín y, tras ocho meses de alegatos, fueron sentenciados a reclusión perpetua Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera; mientras que Roberto Viola recibió una condena a 17 años de prisión; Armando Lambruschini, 8; y Orlando Ramón Agosti, 4.
Que la audiencia pública se llevó a cabo entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985, y durante ese tiempo declararon 833 personas que ante la exorbitante cantidad de delitos registrados para imputar a las juntas militares -superaban los 10 mil-, el fiscal Strassera decidió utilizar un modelo del Consejo Europeo de Derechos Humanos llamado "casos paradigmáticos"
Que de esa forma, la fiscalía presentó los 709 casos con los que contaba con más y mejores pruebas y el tribunal, por su parte, decidió examinar 280 que relataron las vejaciones sufridas en los campos de concentración tras una semana de alegato, el 18 de septiembre de 1985 el fiscal Julio César Strassera cerró su discurso con una frase que pasó a formar parte de la historia argentina: "Señores jueces: Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: Nunca más".
Que ese nombre llevaba justamente el informe publicado un año antes por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP), organismo creado por Alfonsín con el objetivo de juntar pruebas y testimonios que avalaran esos juicios
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RAMALLO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
ARTICULO 1º): Conmemorar y valorar las acciones tomadas por el Gobierno del Presidente Raul Ricardo Alfonsin y la CONADEP, siendo el mayor logro en materia de Derechos Humanos, llevado a cabo en un marco político que no favorecía ni acompañaba los accionares en contra de Proceso de Reorganización Nacional llevado acabo por la Dictadura Militar.
ARTICULO 2º): Sugerir al Consejo Escolar de Ramallo que instruya a todas las Escuelas de su Jurisdicción a realizar clases alusivas al echo histórico mencionado en esta Resolución.
ARTICULO 3º): Enviese copia de la presente a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires con el fin de adherirse a la misma.
ARTICULO 4º): Remitir copia de la presente al Consejo Escolar Ramallo y a los Medios de comunicación para su Difusion.
ARTICULO 5º): Comuniquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos.
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